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La Reforma Laboral de FCH: tarde, con enorme rezago en mujeres y niños, y coja en salarios y prestaciones

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La Reforma Laboral de FCH: tarde, con enorme rezago en mujeres y niños, y coja en salarios y prestaciones Empty La Reforma Laboral de FCH: tarde, con enorme rezago en mujeres y niños, y coja en salarios y prestaciones

Mensaje  Griffo Jue Sep 20, 2012 11:09 am

Ciudad de México, 20 de septiembre (sinembargo.mx) – La Ley Federal del Trabajo que rige en México está vigente desde 1970. El debate legislativo en materia de reforma laboral cumple ya 30 años. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en los últimos 12 años y hasta abril de 2011 se han registrado 332 iniciativas de reforma laboral. El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó 97; el Partido Acción Nacional (PAN), 87; el de la Revolución Democrática (PRD), 76, y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), 32. Diversas organizaciones empresariales, sindicatos y la Unión de Trabajadores también aportaron otras 40 iniciativas en el periodo de referencia. Ninguna de las anteriores fue aprobada hasta la fecha. El pasado 1 de septiembre, el presidente Felipe Calderón Hinojosa entregó al Congreso una “iniciativa preferente” en meteria laboral, lo que ha mantenido a la Comisión del Trabajo ocupada. Sin embargo, los planteamientos de la iniciativa calderonista han desatado una gran polémica, tanto así que se especula que tampoco se verá consumada.

A continuación se enlistan algunos de los puntos más polémicos que plantea la iniciativa de reforma laboral, planteada por el Jefe del Ejecutivo mexicano.

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1. Regulación de los salarios vencidos:


Los salarios vencidos o caídos son cantidades de dinero que se entregan a los trabajadores a título de indemnización –en casos concretos establecidos en la Ley Federal del Trabajo– para compensar el salario que dejan de percibir por una situación como un despido injustificado, una huelga o alguna otra causa que el patrón considere. Esta medida fue establecida para garantizar la indemnización, o bien la reincorporación y permanencia del trabajador y así pueda regresar a sus actividades, además de seguir percibiendo su salario. Esta obligación patronal se encuentra en varios artículos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), entre los más destacados se encuentran el: 48º, 49º, 51º, 52º, 55º, 432º, 469º. La iniciativa de Calderón pretende establecer un límite a la generación de salarios vencidos; esto para acelerar los procedimientos laborales o los juicios. Sin embargo, se propone contemplar un periodo máximo de 12 meses, si la querella no se resuelve en ese lapso los trabajadores sólo recibirían un pequeño interés y no salarios completos. Cabe destacar que el pasado julio, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) –que es la que recibe las demandas–, informó que en los primeros cinco meses de este año aumentó 22% el número de demandas por despido injustificado: de mayo a junio de 2011 se presentaron 11 mil 737 casos y en ese periodo se registraron 14 mil 551 despidos. Estos datos no incluyen los casos que no se llevaron a juicio. Para poner un ejemplo, Wal-Mart ocupa el primer lugar en demandas laborales en el Distrito Federal. De 2000 a 2010 se presentaron 743 juicios en su contra, pero 603 aún se encuentran en trámite; es decir, en 10 años sólo se han resuelto 140 casos, así lo indica la JLCA.

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2. Legalización de la subcontratación:

Otra de las propuestas controvertidas es la supuesta legalidad de los outsourcings (subcontratados), donde se haría una modificación al artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo. Lo que propone el Jefe del Ejecutivo federal es que en todo caso los intermediarios desaparezcan y sean considerados patrones; para poder ser los responsables solidarios en las obligaciones contraídas con los trabajadores. El Artículo 15-A indica que el trabajo en régimen de subcontratación es aquel por medio del cual un patrón denominado contratista o subcontratista ejecuta obras o presta servicios con trabajadores bajo su dependencia, a favor de otra persona física o moral que resulta beneficiaria de los servicios contratados, la cual fija las tareas a realizar y supervisa el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratados. Asimismo se pretende que el patrón esté al pendiente materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo de sus empleados. Por mencionar un dato, en el país, 65 millones de mexicanos carecen de seguridad social, indican investigadores de la UNAM. Sin embargo, en ningún momento se maneja aumento de salario; es decir, pese a las mejoras y la posible legalización de la subcontratación, los empleados seguirán padeciendo un salario bajo. Ahora bien, en México 75% de las empresas de subcontratación son piratas, patito, fantasmas o como quiera llamarles… son simplemente ilegales. Sólo 643 firmas de este ramo están registradas en la Asociación Mexicana de Empresas de Capital Humano (AMECH). Si la reforma se realiza, y una empresa de outsourcing no acata las medidas (es decir: si no brinda seguridad a sus empleados), se hará acreedora a una multa que va de 250 a 5000 veces el salario mínimo general. Sólo eso, la pena no será castigada con cárcel.

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3. Protección a menores… de 14 años:

En otro punto del documento se plantea tipificar como delito emplear a menores de 14 años fuera del circulo familiar. En la propuesta se pretenderá definir las actividades que quedarán prohibidas y las que sí podrán hacer los menores. En la inclusión de estos supuestos se apoya en el análisis e identificación de las tareas que potencialmente resulten peligrosas e insalubres. Además se le dará facultades a algunas autoridades para castigar y salvaguardar el bienestar de los infantes. En todo el territorio nacional existen 3 millones 14 mil 800 niños de cinco a 17 años que desempeñan trabajo económico (remunerado), de acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo realizada en 2009. Entre las principales causas por las que una niña o niño desempeña trabajos económicos es porque en sus hogares requieren de los ingresos por su trabajo, lo que representa 28.6%, según el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI). El 16% de los que trabajaban aporta la mitad o más de su salario al hogar en el que viven, según las cifras más recientes del INEGI. A su vez, 25% de los niños ocupados recibe hasta un salario mínimo, 24% recibe desde uno a tres salarios mínimos, 2% recibe tres salarios mínimos y 47% no recibe paga alguna por su trabajo.

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4. Medidas para los sindicatos y sus líderes:

En la propuesta indica que se debe “prever el voto libre, directo y secreto en la elección de la directiva sindical. Esta medida reconoce los criterios sustentados por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo, en el sentido de que el hecho de que la autoridad establezca por vía legislativa el voto directo, secreto y universal para elegir a los dirigentes sindicales no plantea problemas de conformidad con los principios de la libertad sindical [recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, cuarta edición, 2006, párrafo 398]”. También se pretende que con la reforma se fortalezca la rendición de cuentas por parte de las directivas sindicales. Para ello, se prevé que se deberá entregar a todos los trabajadores sindicalizados, un resumen de los resultados de la administración del patrimonio sindical y que la rendición de cuentas debe incluir por lo menos la situación de los ingresos por cuotas sindicales y otros bienes, así como su destino. Sin embargo, no es posible conocer con exactitud el número de afiliados a sindicatos en nuestro país, porque no hay un ente que centralice la información nacional sobre esta afiliación. Claro, hay varias instituciones como la Secretaría del Trabajo y la Junta de Conciliación y Arbitraje en las que se registran pero a nivel estatal no. El sindicalismo en el país es un caso complicado: muchos de los líderes han tomado las riendas y no las han soltado, incluso las han tomado para ir por un camino político. Por mencionar dos casos: La maestra Elba Esther Gordillo es la actual presidenta vitalicia del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), con un liderazgo que ejerce desde 1989; también ha ocupado el puesto de la Secretaría General del PRI, y es la fundadora de facto del Partido Nueva Alianza (PANAL). En Petróleos Mexicanos (Pemex), Carlos Romero Deschamps, quien oficialmente gana como obrero 24 mil 633 pesos mensuales incluyendo prestaciones, también recibe otro salario como líder del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) desde 1993.

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5. Licencia de maternidad y paternidad:

Se pretenderá que las mujeres trabajadoras puedan distribuir las semanas de descanso pre y postnatal (12 semanas en total, seis y seis), así como reducir en una hora la jornada de trabajo, durante los periodos de lactancia, a efecto de que puedan convivir con el recién nacido. Adicionalmente, se considera necesario propiciar la equidad y la corresponsabilidad familiar entre hombres y mujeres, para lo cual se propone incluir en la legislación, la figura de las licencias de paternidad, de tal forma que el trabajador que se convierta en padre pueda disfrutar de una licencia de 10 días, con goce de sueldo. Con ello, se contribuye a fomentar la conciliación entre la vida laboral y familiar de las personas, pues ambos padres compartirán el gozo y la atención del recién nacido. No obstante, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) considera que la duración de la licencia de maternidad debe ser de 14 semanas, y que es urgente la incorporación de las licencias de paternidad en el marco normativo de toda nación. En países europeos como Bulgaria, se otorga a la madre trabajadora una licencia por maternidad de dos años –beneficio que puede ser tomado por el padre o abuelo en lugar de la madre–, y en el continente americano destacan Chile, Cuba y Venezuela, en donde el permiso por maternidad es de 18 semanas, así como Ecuador, Venezuela y Cuba, en los cuales se confiere una licencia por paternidad oscilante de dos días hasta seis meses. Existen otras naciones, en la región del Caribe, donde los permisos por maternidad no rebasan de 13 semanas y los de paternidad no existen prácticamente.

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